Prologo:
La Ley Nº 25415 establece en el Artículo 1º el derecho de todo recién nacido a que se estudie tempranamente su capacidad auditiva y se le brinde tratamiento en forma oportuna si lo necesitare y en el Artículo 2º indica la obligatoriedad de las Obras Sociales, a que se establezcan las normas acordes al avance de la ciencia y la tecnología.
El SMAUNSE, atento al cumplimiento del Programa Médico Obligatorio de Emergencia y en el afán de ampliar los servicios de prevención a los Afiliados y en especial al grupo etario de la niñez decide implementar el presente Programa a fin de realizar tratamientos precoces que disminuyan el efecto negativo que pueda influir en el desarrollo lingüístico, intelectual, familiar y social del niño.
Modalidad Operativa:
Se iniciará una campaña de concientización haciendo entrega, conjuntamente con el plan de Seguro Materno Infantil, de los folletos informativos que destacan la importancia Auditivo.
Cobertura:
En la Provincia de Santiago del Estero desde el año 2006 se realiza el estudio de Otoemisiones Acústicas por lo que se otorgará sin cargo dicha práctica y se instruirá a los padres sobre el modo de detectar tempranamente la Hipoacusia mediante la observación.
- Auditoria Médica detectará los recién nacidos de alto riesgo y reconocerá gratuitamente el estudio, si el especialista considera necesario.
- Se reconocerá una orden médica gratuita por examen Otorrinolaringológico (ORL) al inicio de la escolaridad primaria.
- Se completa la atención integral del hipoacúsico con la entrega gratuita del audífono.
- Se autorizará la rehabilitación fono audiológica cuando ya está instalada la patología y es el momento de “Rehabilitar y Recuperar”.
Provisión de Audífonos:
- El afiliado concurrirá al SMAUNSE con el informe de los estudios previos, la ficha de prescripción del audífono que confeccionará el médico ORL con la indicación del tipo de audífono, sin marca comercial (solicitud de prótesis).
- El afiliado solicitará dos presupuestos conforme a la prescripción y el SMAUNSE autorizará el de menor valor que cumpla con las indicaciones.
- Se exigirán presupuestos de Instituciones y/o comercios que aseguren un mínimo de 12 meses de garantía, Si los Sres. Afiliados requiriesen dos audífonos por patología bilateral y según la prescripción del profesional tratante, la cobertura será del 100%.
- No se reconocerá reposición de audífonos antes de los 5 años de la primera provisión y de acuerdo a las presentes normas.
Reparación:
- En caso de reparación, pasados los 12 meses, la cobertura será del 50%.