Se comunica a la totalidad de los afiliados, que mediante resolución Nº 117/2016 se dispuso que a partir del 06/01/2017 será limitado a 30 días el plazo para la presentación de solicitudes de reintegro por parte de los afiliados computados a partir de la fecha de su correspondiente facturación, cualquiera fuere la naturaleza de los mismos.
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